EOIR · BIA · 8 C.F.R. §1003.3

EOIR-29 — Notice of Appeal al BIA

Forma para apelar ciertas decisiones de USCIS (p. ej. denegación de I-130, denegación de I-360) al Board of Immigration Appeals. Plazo estricto de 30 días. Preparamos la forma y el paquete bajo su dirección.

La forma EOIR-29 se presenta cuando un noncitizen quiere que el BIA revise una decisión emitida por USCIS — más comúnmente una I-130 familiar denegada, una I-360 widow/VAWA denegada, o una petición revocada. La apelación debe presentarse dentro de 30 días calendario de la decisión; el plazo es jurisdiccional y perderlo generalmente termina el caso.

Cuándo aplica EOIR-29

  • USCIS denegó o revocó una petición donde el reglamento específicamente permite apelación al BIA (la mayoría de I-130 familiares).
  • La carta de decisión expresamente dice "you may appeal to the BIA on Form EOIR-29".
  • Presenta dentro de 30 días de la fecha de la decisión (calendario, no días hábiles).

Cuándo NO aplica EOIR-29

  • Decisiones de USCIS que van a Administrative Appeals Office (AAO) — usa Form I-290B, no EOIR-29.
  • Decisiones de un juez de inmigración en removal proceedings — usa Form EOIR-26.
  • Denegaciones de asilo referidas a corte — no hay apelación separada; el caso continúa en corte.

Lo que preparamos

Paquete EOIR-29
  • Forma EOIR-29 con la base de la apelación y el briefing statement.
  • Pago del fee o fee waiver (Form EOIR-26A).
  • Copia de la decisión de USCIS.
  • Service de la apelación sobre la parte contraria (DHS), con Proof of Service.
  • Organización opcional del brief — el brief apelativo es argumento legal, mejor preparado con un abogado con licencia.

Lo que no hacemos

Imverica no representa clientes en procedimientos de inmigración. Las apelaciones al BIA implican argumento legal — eso es la práctica del derecho y requiere un abogado con licencia o un BIA-accredited representative. Como California Legal Document Assistant e Immigration Consultant, preparamos la forma, organizamos exhibits y cumplimos el plazo de 30 días bajo su dirección. El brief sustantivo y argumento oral deben venir de su abogado.

Fuente: 8 C.F.R. §§1003.3, 1003.38; EOIR Practice Manual; INA §242. La representación en corte requiere un abogado con licencia o BIA-accredited representative.

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